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El Programa Anual de Servicios Sociales necesariamente ha de sustentarse en el desarrollo de los distintos programas que lo componen y que traducen las prestaciones básicas:
1.- Información, valoración, orientación y asesoramiento.
2.- Ayuda a DomiciPrograma de Ayuda a Domiciliolio, conforme a lo dispuesto en la Orden de 22 de octubre de 1996, por la que se regula el Servicio de Ayuda a Domicilio como prestación básica de los Servicios Sociales Comunitarios.
3.- Convivencia y reinserción social.
4.- Cooperación Social.
5.- Prestaciones complementarias de las anteriores, entre las que se incluyen las ayudas económicas familiares.
Los distintos programas, consecuencia del desarrollo de las Prestaciones Básicas, deberán tener el carácter de intervención comunitaria y tendrán por objeto:
a. La atención a los menores de 18 años en situación de especial dificultad social y la promoción de los procesos de inserción y reinserción de los mismos, a través de las ayudas económicas familiares.
b. La prevención de la drogadicción y la reinserción social de los toxicómanos.
c. La atención a la comunidad gitana en situación de grave marginación económica, social o cultural.
d. La atención a marginados sin hogar.
e. La atención a personas recluidas en situación de tercer grado penitenciario, en régimen de libertad provisional, en situación de remisión condicional o en libertad después de haber cumplido condena judicial.
f. La atención social a los inmigrantes temporeros andaluces y sus familias.
g. La integración social de los inmigrantes de origen extranjero y sus familias residentes en Andalucía y el fomento de la tolerancia y las actitudes activas contra el racismo y la xenofobia.
h. La realización de actividades de promoción, integración social, fomento de la solidaridad, grupos de autoayuda, asociacionismo, ocio y tiempo libre de las personas mayores.
i. La preparación a la jubilación para aquellos colectivos que estén próximos a cesar en su actividad laboral.
j. La realización de actividades específicas de promoción e integración social y fomento de la solidaridad y asociacionismo de personas con minusvalía.
k. La eliminación de barreras arquitectónicas y urbanísticas.
l. Solidaridad de los Andaluces para la erradicación de la marginación y la desigualdad en Andalucía.
Por último, las intervenciones de carácter comunitario estarán dirigidas a toda la población del ámbito territorial del municipio o la provincia. No obstante, se adecuarán de forma diferente, en atención a las necesidades sociales específicas que presentan los siguientes sectores:
a. Familia
b. Menores
c. Personas Mayores
d. Personas con discapacidad
e. Drogodependientes
f. Emigrantes temporeros
g. Inmigrantes de origen extranjero
h. Comunidad gitana
i. Ex reclusos
j. Marginados sin hogar
k. Otros sectores que requieran, de forma diferenciada, una intervención social de carácter comunitario.
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Teléfono: 957367061 | e-mail: ayuntamiento@villaharta.es
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